Natalia Oreiro visitó la cárcel de mujeres de Ezeiza

En el marco del ciclo de cine que organizan la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Academia de Artes y Ciencias Cinematográficas de la Argentina, Natalia Oreiro visitó la cárcel de mujeres del Complejo Penitenciario Federal IV, para presentar la película “Infancia clandestina” y compartir con las detenidas alojadas en el Módulo Residencial donde funciona el Centro de Rehabilitación de Drogadependientes (CRD).

Natalia Oreiro entró el viernes 30 de octubre al espacio cultural del penal Ezeiza, para compartir la proyección de la película dirigida por Benjamín Avila Infancia clandestina. Junto a ella se encontraban Veronica Calvo, Secretaria Técnica de la Academia de Artes y Ciencias Cinematográficas de la Argentina y Ariel Cejas Meliare, Director General de Protección de Derechos Humanos de la Procuración.

Cerca de 60 personas aguardaban el inicio del film cuando sorpresivamente advirtieron la presencia de la actriz y vieron cómo, con una sencillez conmovedora, empezó a saludar con un beso a cada una de las personas que estaban allí.

Con una organización espontánea y encubierta, algunas mujeres desaparecían del lugar y volvían pocos segundos después con pequeños papeles que empezaban a pasar de mano en mano. Con la paciencia que han sabido labrar sus días, aguardaban el instante en que pudieran saltar a pedir un autógrafo de la estrella que habían visto tantas veces en las pantallas de cine y televisión.
La película fue un paréntesis de 112 minutos que hizo reír, llorar y enternecer al crisol de mujeres que aloja el penal.

El sostenido aplauso al finalizar la película agradecía esa actividad en su pesado cotidiano. Enseguida se abrió un espacio donde varias mujeres contaron sus propias experiencias de secuestro y desaparición en los años de plomo. Otras mujeres agradecieron la visita de Natalia.

Oreiro habló de su historia personal. También habló de los prejuicios y de la necesidad de reconocernos como hermanos para vivir la vida de la mejor manera posible. “La gente te encasilla y piensa que sos de una sola manera; pero todos tenemos muchas cosas para dar, cosas buenas y cosas malas, y depende de qué es lo que elegimos en nuestra vida y para dónde queremos ir, es lo que vamos a poder construir”, dijo.

Esa frase, fue retomada por una mujer detenida quien dijo, al borde del llanto:  “Muchos nos encasillan a los que estamos privados de libertad y tenemos un montón de cosas…pero es más difícil ponerse a buscar las virtudes de las personas que los defectos. Agradecemos que te hayas animado a cruzar la puerta de la cárcel. A veces, los que estamos privados de libertad estamos como en un cajón de muertos…Un estímulo de esta calidad debería existir siempre. Los que no quieren más delincuencia debería ayudar de esta forma, con estímulo educativo, con estímulo social”.

Luego de despedirse con la promesa de volver y realizar una actividad en conjunto con Ricardo Mollo, líder de la banda Divididos, se dirigió al pabellón donde se alojan mujeres que están en el programa de rehabilitación de drogas. Allí, con la misma candidez y apertura, se dispuso a escuchar y contar experiencias de su vida personal que la conmovieron hasta las lágrimas.

“Todos tenemos historias más difíciles que otras, todos nos podemos equivocar en algún momento. Nadie es perfecto. Lo importante es tener fuerza interior, creer en uno y querer salir…siempre se puede hacerlo”, dijo Natalia. 

Fuente: Procuración Penitenciaria de la Nación

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“La educación reduce el daño que causa la prisión”

Por Leandro Halperín*

El Programa educativo de la UBA en las cárceles cumple 30 años

El sistema penitenciario daña a la sociedad, a sus trabajadores y a los prisioneros. La pena trasciende la perdida de la libertad ambulatoria, los daños que provoca deterioran los vínculos mas relevantes y esmerila la expectativa de una vuelta al medio libre alejada del conflicto. Derechos fundamentales como la salud o la educación se convierten en privilegios, y conceptos intrascendentes para el común -como tiempo o espacio- adquieren un nuevo significado al perderse la administración de los mismos. No prepara para la vuelta al medio libre, estigmatiza y reproduce las conductas que sanciona.

Traspasando los muros de la prisión, el Estado se convierte en lo que dice prevenir, delinque y muestra su peor cara cuando deja de cumplir con su indelegable rol de garante de derechos para transformarse en su principal violador.

En este contexto ingresó la Universidad de Buenos Aires a la prisión hace ya 30 años, era 1985 y la primavera democrática invitaba a imaginar nuevos abordajes para viejos conflictos. Aulas reemplazaron a las celdas, docentes a penitenciarios y alumnos a presos. Una experiencia inédita en el mundo que amplió los márgenes de la universidad pública, que puso a disposición las herramientas que posee para mejorar la accesibilidad y el ejercicio de derechos fundamentales, herramientas que integran, que brindan verdaderas opciones para elegir como se quiere vivir la vida.

La educación brinda oportunidades y el acceso a las mismas ha permitido reformular las relaciones con el adentro y con el afuera.

Efectos no buscados, por no ser tarea de la Universidad, se han convertido en símbolos del Programa UBA XXII. A los conflictos intramuros que tienen a la violencia como medio de solución, nuestros estudiantes y graduados lo reemplazaron por los instrumentos que la ley otorga; el Habeas Corpus ocupó el lugar del motín aunque lamentablemente pareciera que muchos representantes del Estado siguen prefiriendo lo contrario, y hoy defenderse con la ley es más peligroso que usar la violencia en las cárceles federales argentinas, traslados compulsivos, perdida de beneficios, ofertas de trabajo en horario de estudio, acusaciones infundadas a docentes y toda clase de artimañas han sido puestas en marcha por la administración penitenciaria para evitar el acceso a las aulas de la universidad en la cárcel.

La reincidencia ocupa un acápite especial en el resultado obtenido, si bien la educación no es medicina contra el delito, no puede soslayarse el efecto integrador de manera pacífica que la distribución del conocimiento tiene en el seno de nuestra comunidad. Así como cerca de uno (1) de cada dos (2) detenidos reincide en el delito (46,5%), en el caso de los que se gradúan en la Universidad de Buenos Aires esta cifra se reduce a apenas el 15 %. Su explicación no está en la labor de la universidad pública en contextos de encierro, más bien se encuentra en la ausencia de políticas inclusivas por parte del Estado antes de la producción del conflicto que es atendido por el sistema penal.

La educación reduce el daño que causa la prisión y beneficia al conjunto de la sociedad, por lo que se torna de imposible explicación con la razón, el por qué de la oposición de otras áreas del Estado que tienen a su cargo el diseño y la implementación de las políticas penitenciarias.

Una nueva forma de relacionarse desde la cárcel nace con los Centros universitarios, por sobre todas las cosas un nuevo compromiso es asumido por la persona privada de libertad; ahora se es también un/a estudiante, y su comunicación con sus nuevas relaciones responden a otros parámetros y a otras expectativas.

Los nuevos códigos y metodología de convivencia hacia adentro de la cárcel sufren mutaciones que no son fácilmente asimiladas por el sistema penal. Quienes pretenden integrarse de manera no conflictiva al medio libre con un título universitario, sufren la discriminación y la falta de oportunidades laborales. El estigma de ser un “ex preso” los sigue acompañando a pesar de ser, ahora también, graduados de la Universidad de Buenos Aires.

Nuestra sociedad debe definir si la pena termina con su cumplimiento o si vamos a condenar a seguir transitando estos templos del terror a aquellos que alguna vez fueron seleccionados por el sistema penal y pagaron sus deudas con el mismo, nuestra sociedad debe definir si la educación es una herramienta de integración y progreso individual y social o es un privilegio para aquellos que tienen los recursos para acceder y mantenerse en el sistema educativo.

Por nuestra parte, docentes, estudiantes y trabajadores de la Universidad pública seguimos impulsando en todo el país la creación de mas espacios como UBA XXII. Lo hacemos convencidos que la educación es un derecho que el Estado tiene la obligación de garantizar, que construye sociedades pacíficas a la vez que genera hombres y mujeres verdaderamente libres.

* ex director del Programa UBA XXII

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10 de octubre, Día Mundial contra la Pena de Muerte

Washington, D.C. – En el Día Internacional contra la Pena de Muerte, el 10 de octubre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda los avances que se han producido en el último año, incluyendo la abolición de la pena de muerte en Suriname y en el Estado de Nebraska, en Estados Unidos. Asimismo, exhorta a los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que aún tienen la pena de muerte a abolirla o a imponer una moratoria a su aplicación como primer paso hacia la abolición.

La decisión de Suriname es un avance muy importante que la CIDH aplaude y espera se convierta en un ejemplo para los países de la región donde aún se mantiene la pena de muerte. La Comisión destaca que la eliminación de la pena de muerte del Código Penal de Suriname representa una oportunidad para que los países del Caribe den un paso importante hacia la garantía de los derechos humanos en la región.

En diciembre de 2014, Suriname votó, en la Asamblea General de la ONU, a favor de la resolución sobre una moratoria del uso de la pena de muerte. En el mismo sentido, declaraciones de altos funcionarios públicos de Suriname anticiparon la voluntad de concretar un avance significativo en la materia. Finalmente, en marzo de este año, en el marco de los debates sobre la adopción de un nuevo Código Penal de Suriname, la Asamblea Nacional aprobó la abolición de la pena de muerte.

Del mismo modo, el estado de Nebraska abolió la pena capital el pasado mes de mayo, sumándose a otros 18 Estados y al Distrito de Columbia en abolir la pena de muerte. Este es un paso significativo en este país, ya que Estados Unidos es actualmente el único Estado Miembro de la OEA que está llevando adelante ejecuciones en aplicación de la pena de muerte.

Asimismo, recalca la necesidad de los países que aún conservan la pena de muerte en sus legislaciones de avanzar con el propósito de abolir la pena capital en toda la región o, en su defecto, imponer una moratoria en su aplicación. La Comisión invita a los Estados que no hayan ratificado el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte a ratificarlo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

*Comunicado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) 

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La Corte ordenó reabrir la investigación por la muerte de Lourdes Di Natale

La Corte Suprema de Justicia ordenó reabrir la investigación por la muerte de Lourdes Di Natale, la mujer hallada sin vida en su domicilio el 1ero de marzo de 2003.

Según informó el Centro de Información Judicial, con el voto unánime de sus miembros, el máximo Tribunal hizo lugar al recurso que interpuso la querella y revocó la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal que había convalidado el cierre anticipado de la investigación.

La investigación penal que debía determinar si la mujer fue arrojada por la ventana de su departamento en vez de haber caído al vacío al perder el equilibrio intentado cortar los cables de televisión había sido cerrada.

“La querella recurrió ante las distintas instancias el fallo que dispuso el archivo del caso. Cuestionó que se hubiera adoptado ese temperamento sin haberse agotado la realización de medidas de prueba conducentes, en especial, sin haberle recibido declaración a la hija de Di Natale”, indicaron desde el CIJ.

Además señalaron que “no se habría tenido en cuenta el resultado de la reconstrucción de la caída que, a su entender, indicaba que fue un homicidio; la imposible ebriedad –atento que la excesiva cantidad de alcohol en sangre encontrada en su cuerpo hubiera determinado que ésta estuviera en coma profundo y sin posibilidad de moverse-; el cuchillo supuestamente usado que fue encontrado en el lugar del hecho sin contar con ninguna huella dactilar y la destrucción de una serie de elementos de prueba que no habrían sido debidamente preservados en sede policial”.

El fallo

El caso

Lourdes era la secretaria de Emir Yoma. El 1° de marzo de 2003 su cuerpo apareció destrozado en el patio interno del edificio de Mansilla 2431.

Tal como relató el periodista Jorge Urien Berri, Di Natale estaba amenazada de muerte. A fines de 2002 había recibido en forma anónima un poema sobre una mujer que se arroja al vacío por una ventana. Sus testimonios y documentos enviaron a Yoma y al ex presidente Carlos Menem a prisión en 2001 por el contrabando de armas a Croacia y a Ecuador. Cuando murió, debía declarar en la causa de la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero.

La reconstrucción de la muerte de Lourdes Di Natale

El fiscal Carlos Donoso Castex sostuvo la hipótesis de que la mujer estaba borracha y se cayó cuando intentaba cortar unos cables de televisión de sus vecinos.

“Pero esos cables estaban fuera de su vista y el cuchillo que apareció misteriosamente junto al cuerpo no tenía huellas digitales”, contó Urien Berri. .

Por otra parte, un informe médico indicó que el cuerpo tenía 3,15 gramos de alcohol por litro de sangre, “cantidad inusual para una mujer que no bebía y en cuyo departamento no se halló una sola botella de alcohol”, sostuvo el periodista que investigó el caso.

En 2003, LA NACION reveló que en el departamento había escondidos dos micrófonos que halló un hermano de Di Natale casi dos meses después de la muerte, y que no habían sido hallados durante la investigación.

La abogada querellante Nilda Formoso y su perito médico Alberto Brailovsky, al igual que Giuseppe Di Natale, padre de Lourdes, siempre sostuvieron que se trató de un homicidio. Fueron ellos quienes impulsaron la reapertura de la causa.

En 2006 se llevó a cabo una reconstrucción de la muerte de Lourdes. Un muñeco que reproducía la talla y el peso de la mujer fue arrojado tres veces desde su departamento en el décimo piso hacia el patio interno del edificio. Pero sólo una vez cayó en el mismo sitio y la misma posición en que fue encontrado el cuerpo: fue cuando el muñeco fue arrojado con fuerza por dos policías que participaron del simulacro. Esto reforzó la hipótesis del homicidio.

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Habeas corpus por los derechos de las personas trans en las requisas en la cárcel

A partir de una presentación conjunta de la Defensoría General de la Nación, el Juez Nacional en lo Criminal Hernán Martín López hizo lugar a un habeas corpus colectivo correctivo para proteger los derechos de personas trans detenidas en Complejos Penitenciarios Federales. La resolución reconoce que las requisas a este colectivo realizadas en las Unidades 28 y 29 –Alcaidías del Palacio de Tribunales y Comodoro Py- “constituyen formas de violencia de género, agravadas por ser perpetradas por funcionarios del Estado contra personas que se encuentran bajo su custodia y en situación de especial vulnerabilidad”.

 

El habeas corpus fue presentado por representantes de la Comisión sobre Temáticas de Género, de la Comisión de Cárceles, y del Programa contra la Violencia Institucional de la DGN, quienes durante extensas entrevistas a personas trans detenidas en los Complejos Federales I y IV de Ezeiza recibieron diferentes denuncias respecto al modo en que son examinadas y requisadas al ingresar a las Unidades 28 y 29 del SPF, cuando deben comparecer ante la autoridad judicial.

 

De los testimonios reunidos por los representantes de la Defensoría General surge que en estas requisas se les imponen tratos degradantes hacia sus personas afectando los derechos a su integridad personal, privacidad y no discriminación. En ese sentido, solicitaron que se establezca “un estricto protocolo para que los exámenes corporales a detenidos del colectivo trans sean estrictamente por cuestiones sanitarias, que se realicen con reglas elementales de pudor y privacidad, que solamente sean efectuados por personal de salud y que se evite cualquier tipo de presencia ajena a esa especialidad, especialmente personal de seguridad de género opuesto, al igual que el personal médico o de sanidad, evitándose los desnudos totales, íntegros”.

 

Durante las primeras horas del día de hoy, el juez López hizo lugar al hábeas corpus sosteniendo que las prácticas denunciadas “constituyen una flagrante violación al derecho a la dignidad humana”.

 

“La dignidad –continúa el fallo- es propia de la condición humana y por lo tanto no constituye un valor exclusivamente subjetivo, sino que también obliga a los terceros a respetar dicha condición, sobre todo cuando se da la particular situación que el tercero resulta el propio Estado, quien en el caso de personas privadas de la libertad reviste la posición de garante de su vida como también de su integridad física y psíquica”.

 

Y concluye: “Las prácticas denunciadas constituyen, como mínimo, una afectación a los derechos a la integridad personal, a la dignidad humana y a no sufrir tratos crueles, inhumanos y degradantes”, protegidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, instrumentos que han sido incorporados al texto constitucional.

 

El juez hace referencia a la Ley 26.743 de Identidad de Género, sancionada el 9 de mayo de 2012, en cuanto a que los hechos constituyen “una flagrante violación a lo normado en sus arts. 1º y 12º, pues han sido sometidas a requisas corporales innecesarias y ajenas a los fines de seguridad que rige dicha práctica, han sido sometidas a desnudos públicos parciales o totales, habrían sido insultadas y maltratadas verbalmente de una forma tal que no se respeta su condición sexual, dicha circunstancia, como así también la revisación que hicieran de las mismas el personal penitenciario no capacitado adecuadamente para atender a su condición, constituye un agravamiento de las condiciones de su detención, por tal razón resulta necesario adoptar las medidas necesarias y urgentes para hacer cesar dicho estado”.

 

Finalmente, y luego de hacer lugar al habeas corpus, el juez López le hace saber al Director del Servicio Penitenciario Federal y al Director del Servicio Central de Alcaidías del Servicio Penitenciario Federal que en el plazo de cinco días hábiles, deberán arbitrarse los medios necesarios para que, en el caso de ingreso para comparendos judiciales de personas “trans” y -por razones estrictamente de seguridad penitenciaria y/o de los internos- resulte necesario practicar requisas personales en forma invasiva, se adopten los siguientes recaudos:

1) Que tales requisas sean practicadas exclusivamente por personal

penitenciario profesional de la salud -médico y/o sanitario-;

2) En casos de necesidad fundada, cuando sea necesario practicar

un registro táctil sobre los requisados, se haga sobre las prendas de vestir y prescindiendo de los desnudos totales y parciales, previa consulta a la persona involucrada respecto de su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo, respetando en todo momento la intimidad del requisado.

De igual manera, en situaciones en las cuales deba procederse al

examen físico para constatar lesiones en estos casos, deberá garantizarse:

1) La participación exclusiva de personal médico o sanitario y sólo

en la cantidad estrictamente necesaria para llevar a cabo la diligencia;

2) La prohibición de desnudos íntegros y parciales;

3) La consulta a la persona involucrada respecto de la preferencia sobre la identidad de género de la persona que hará el examen y; 4) La disposición en el ámbito de la unidad penitenciaria de un espacio adecuado que resguarde la privacidad del acto de requisa.

Por otro lado, deberá informarse en igual lapso: A) Sobre la posibilidad de implementar medios tecnológicos que puedan suplir la necesidad de realizar requisas corporales a los internos, como ser mediante el uso de “scanners” o aparatos electrónicos que se adecúen a los más altos estándares en materia de salud.- B) Sobre el estado de avance en la elaboración de los protocolos de ingreso específicos para el tratamiento de detenidas “trans” (transexuales, travestis, transgénero) como así también sobre las medidas o propuestas posibles para abordar la capacitación del personal penitenciario para el tratamiento de estos casos.

 Fuente: Defensoría General de la Nación

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La Defensoría del Pueblo porteña presentó un proyecto de ley sobre talleres clandestinos

TALLERES CLANDESTINOS

El siguiente informe fue presentado en el programa Diario del Futuro FM Rock & Pop

Víctor Manuel Fernández (rector de la UCA y amigo personal de Francisco):
“Es muy difícil imaginar lo que pueda decir el Papa ante cada cuestión muy particular pero estoy seguro de que él alentaría cualquier tipo de proyecto que ayude a ir de algún modo cercando a los responsables de este fenómeno. Los ministros de la Iglesia no legislamos ni intervenimos en ninguno de los tres poderes de manera directa, pero por supuesto que nos sentimos a veces muy interpelados a acompañar algunos proyectos como el de la Defensoría y de algún modo avalarlos públicamente.”

Alejandro Amor (Defensor del Pueblo de la Ciudad):

Lo más importante es el control de la cadena de comercialización. No tiene sentido estar corriendo como locos detrás de cada una de las denuncias que hay cuando en realidad lo que debemos hacer es ir a buscar en el punto de venta. Cuando controlamos en el punto de venta, con la simple incorporación en cada prenda o en cada artículo de un código de barras o un código QR, si tiene la etiqueta como corresponde podrás controlar exactamente todo el proceso desde el mismo lugar donde se produjo con todo el proceso de transferencia hasta el punto de venta.”

Este proyecto de ley debemos discutirlo entre todos, sino lo único que estamos haciendo son datos estadísticos. Y la verdad que los dirigentes políticos no estamos para hacer estadísticas, estamos para cambiar la realidad.”

Paula Oliveto Lago (legisladora porteña de la Coalición Cívica):

Lo importante es que la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires se sentó, elaboró un proyecto y nos interpeló a los legisladores como para trabajarlo y aprobarlo.”

Edgardo Castro (inspector de la Subsecretaría de Trabajo porteña):
“Como son inmigrantes ilegales sometidos a una gran presión social generalmente vienen con su familia. Entonces trabajan con el chico al lado o viven en el lugar porque no tienen dónde ir a parar. No tienen documento, no tienen dinero, no tienen recursos, no conocen el país, están muy aislados, muy sometidos a una presión muy importante.

“Yo vengo diciendo hace rato que no es un problema de leyes sino que es un problema de quién la aplica. Si vos en el año 39 sacabas una ley de protección para evitar la persecución a la comunidad judía en Alemania y se la dabas a Hitler para que la implemente iba a ser una estupidez. ”

 

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Ante el Congreso de Estados Unidos, el Papa pidió abolir la pena de muerte

Francisco se convirtió hoy en el primer papa de la historia en hablar ante el pleno del Congreso de Estados Unidos. En ese contexto, habló de varios temas sensibles. Entre ellos, de la pena de muerte. Estas fueron sus palabras:

Francisco, ante el Congreso de los EE.UU,

“La regla de oro también nos recuerda la posibilidad para defender la vida humana en cada etapa de su desarrollo. Esta convicción me ha llevado a apoyar desde el principio de mi papado por la abolición de la pena de muerte. Estoy convencido de que esta es la mejor forma de proteger cada vida sagrada”, dijo.

“Cada vida es sagrada, cada persona humana está dotada de una dignidad inalienable y la sociedad sólo puede beneficiarse de la rehabilitación de aquellos que han cometido algún delito”, agregó.

El deseo de una madre argentina

 

Saldaño es argentino y está preso en EE.UU., condenado a pena de muerte

Lidia Guerrero, madre de Víctor Saldaño, oriundo de Córdoba y uno de los más de 3000 reclusos que están en el corredor de la muerte de Estados Unidos, tiene la esperanza de que Francisco pueda convencer a la justicia norteamericana de que no ejecuten a su hijo.

Saldaño, el único argentino entre cerca de 400 presos de origen latinoamericano que esperan la pena de muerte en EE.UU., fue sentenciado en 1996 por asesinar a un comerciante estadounidense llamado Paul Ray King.

En el juicio se determinó que Saldaño y un amigo mexicano mataron a Ray de cinco tiros luego de secuestrarlo de un negocio en Dallas. Ambos estaban borrachos y drogados, y residían de manera ilegal en EE.UU. Ni Saldaño ni su madre niegan que él haya cometido el crimen. Pero consideran que los juicios estuvieron “viciados” y que hubo discriminación a la hora de pedir la condena de Saldaño.

Pena de muerte en EE.UU.

La pena de muerte es legal en 31 estados de EE.UU. Su aplicación está limitada por la Octava Enmienda a homicidios agravados cometidos por personas adultas mentalmente competentes. 

Estas son las ejecuciones llevadas a cabo en lo que va de 2015:

Fuente: www.deathpenaltyinfo.org

 

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La historia de Cristina Vázquez: condenada a prisión perpetua, lucha en reclamo de su inocencia

Cristina Vázquez, una joven de Misiones, está presa desde 2008, acusada de asesinar a su vecina en 2001. Por este hecho recibió una condena a prisión perpetua. Sin embargo, varios testigos aseguran que el día del crimen, Cristina estaba a 8 km de su casa.

El Observatorio de Prácticas del Sistema Penal de la Asociación Pensamiento Penal (APP) presentó un Amicus Curiae en apoyo de Cristina y cuestionando el proceso por el cual esta mujer perdió su libertad y podría permanecer en prisión durante muchos años.

“La sentencia condenatoria es arbitraria porque condena sin pruebas y juzga moralmente la vida de Cristina Vázquez y los testigos que corroboran que la noche del hecho ella estaba a 8km del lugar. Las huellas y rastros recogidos en la casa donde se produjo el homicidio no coinciden con los de Cristina Vázquez ni con los otros imputados. Además no contó con la defensa adecuada”, explica Indiana Guereño, directora del Observatorio de la APP.

Actualmente la causa está en la Corte Suprema de Justicia.

Este video contiene una serie de testimonios sobre el caso

El siguiente texto es el Amicus presentado por la APP donde se explica en detalle cuáles son los cuestionamientos que se hacen sobre el proceso judicial.

 

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Encuentro Nacional de Escritura en la Cárcel

 

Este jueves y viernes se llevará a cabo el Encuentro Nacional de Escritura en la Cárcelun evento organizado por el Departamento de Letras y el Programa de Extensión en Cárceles (PEC) de la Facultad de Filosofía y Letras, junto con la Biblioteca Nacional “Mariano Moreno” y la Revista Evaristo Cultural.

La idea es abrir un espacio de reunión y debate sobre la palabra escrita y su vínculo con las lenguas, políticas y acciones que atraviesan el encierro, para darle visibilidad a los materiales producidos intramuros, compartir experiencias de trabajo, generar nuevos proyectos y articulaciones y contribuir a poner en crisis las representaciones habituales de la ley, el delito y la cárcel.

Consultas: pec@filo.uba.ar

Bajo el lema “Del otro lado de la reja“, el evento se realizará este 17 y 18 de septiembre, en la Biblioteca Nacional “Mariano Moreno” (Agüero 2402) y el Museo del Libro y de la Lengua (Av. Las Heras 2555). Incluirá mesas de trabajo, entrevistas, muestras, lecturas, música y paneles de distintos temas.

El programa completo: 

 

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Drogas: un debate que apenas comienza

Informe de Diario del Futuro | FM Rock & Pop

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